AUTO CONSTITUCIONAL 0051/2016-RCA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0051/2016-RCA

Fecha: 03-Mar-2016

I.1. Síntesis de los hechos que la motivan

Por memorial presentado el 25 de enero de 2016, cursante de fs. 22 a 28 vta., la parte accionante manifestó que, la señora María Elena Chacón de Catacora tiene registrado en Derechos Reales (DD.RR.), un inmueble ubicado en el ex fundo “Juntu Huma” de la Localidad de Achocalla del departamento de La Paz, con una superficie de 12 278 mts2, donde fueron víctimas de invasiones por las autoridades indígenas originarias campesinas (AIOC) de “Juntu Huma”, quienes aplicando justicia por usos y costumbres se apropiaron de una superficie de          8 000 mts2, quedando reducidas a 3 600 mts2; de las cuales 1 800 mts2 corresponden a Juan Luque Chambi y 1 800 mts2 a los co-accionantes.

Arguyó que, dichas propiedades ahora estarían siendo ocupadas de forma clandestina por la demandada “…y toda su familia” (sic), quienes aprovechando su detención de forma ilegal pretenden traficar, comercializar y disponer del mismo, a favor de Cecilio Escobar Mamani -quien tendría procesos penales por avasallamiento- y a las AIOC, sin contar con el consentimiento y autorización de los hoy afectados, “…por todo ello existe el riesgo inminente de perder el resto de la superficie de terreno que aún queda…” (sic).