Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
DECLARACION CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0016/2016
Fecha: 15-Mar-2016
b)
b) La Sala Plena del Tribunal Departamental Electoral de La Paz emitió la Resolución TEDLP 184/2015 S.C. de 25 de noviembre, en la que observó la pregunta propuesta por el Concejo Municipal de dicho Municipio por no ser clara ni precisa, reformulándola de la siguiente manera: “¿ESTÁ USTED DE ACUERDO CON APROBAR EL PROYECTO DE CARTA ORGANICA MUNICIPAL DE VIACHA, EN SUS 138 ARTICULOS CUATRO DISPOSICIONES TRANSITORIAS Y DOS DISPOSICIONES FINALES? SI – NO” (sic) (fs. 73 a 75).
- I.1. Contenido de la consulta
- b)
- I.2. Admisión
- II.2.
- II.3.
- “
- III.1. Autonomía y gobierno a nivel municipal
- 1)
- III.2.1. El reconocimiento directo de la autonomía municipal
- III.2.2. La naturaleza jurídica de las cartas orgánicas municipales
- i)
- a)
- III.3.
- III.4
- 2)
- 3)
- III.5. Test de constitucionalidad de la pregunta de referendo constitucional aprobatorio
- ¿Está usted de acuerdo con aprobar el proyecto de Carta Orgánica Municipal de Viacha, en sus 138 artículos, 4 disposiciones transitorias y 2 disposiciones finales? SI-NO
- ii)
- iii)
- CONSTITUCIONALIDAD