DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0020/2016
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0020/2016

Fecha: 29-Mar-2016

para realizar el control de constitucionalidad y contrastación de la norma o regla consuetudinaria con la Constitución

Al respecto, la jurisprudencia constitucional en la DCP 0008/2014 de 25 de febrero, manifestó el siguiente razonamiento: “Las exigencias mínimas descritas en el precepto legal anotado, no desconocen la informalidad con la que debe sustanciarse la consulta, y se justifican en razón a que, para realizar el control de constitucionalidad y contrastación de la norma o regla consuetudinaria con la Constitución, este Tribunal tiene que conocer cuál es la nación o pueblo indígena originario campesino del que emana la consulta, conocer las normas o reglas que motivan la misma, respecto a su contenido y alcances y conocer el caso concreto en el que se aplicará, precisamente para tener una idea de la proyección aplicativa de las normas y reglas.