SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0035/2016
Fecha: 15-Mar-2016
se encuentran dentro el radio urbano del municipio de Sacaba, por efecto de la ordenanzas municipal sobre cambio de uso de suelo
Decisión que guarda correspondencia con un caso similar al presente en el que se suscitó conflicto de competencias entre la jurisdicción ordinaria y la agroambiental en el municipio de Sacaba, que fue resuelto por la SCP 0019/2015 de 4 de marzo, declararando la competencia a la jurisdicción ordinaria en razón al siguiente razonamiento: “…los predios cuya posesión se pretende recobrar, al presente se encuentran dentro el radio urbano del municipio de Sacaba, por efecto de la ordenanzas municipal sobre cambio de uso de suelo emitida por el Gobierno Autónomo Municipal de Sacaba y homologadas por RS 11661, lo que supone que estos predios ya no se encuentran vinculados a ninguna actividad agropecuaria; en consecuencia, la autoridad competente para conocer la citada demanda, es el Juez de Instrucción Segundo en lo Civil de Sacaba” (las negrillas son nuestras).
- I.1. Circunstancias del conflicto de competencias suscitado
- I.2. Alegaciones de la Jueza Cuarta de Partido, de Sentencia Penal y Mixta de Sacaba del departamento de Cochabamba
- b)
- c)
- I.3. Alegatos del Juez Agroambiental de Sacaba del departamento de Cochabamba
- 1)
- 2)
- 3)
- 4)
- 5)
- 6)
- 7)
- 8)
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- III.
- III.1. Jurisprudencia reiterada sobre los elementos que se deben considerar para determinar la competencia de los jueces en acciones reales
- también debe considerarse otros elementos como el destino de la propiedad y de las actividades desarrolladas
- III.2.Análisis del caso concreto
- se encuentran dentro el radio urbano del municipio de Sacaba, por efecto de la ordenanzas municipal sobre cambio de uso de suelo
- COMPETENTE