SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0211/2016-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0211/2016-S2

Fecha: 14-Mar-2016

a)

Finalmente, el Ministerio de Trabajo, Empleo y Previsión Social, emitió el Auto MT/VMESCyCOOP/DGSC/JRLEI/RL/AR 019/2015 de 23 de septiembre, que dispuso: a) Rechazar el recurso jerárquico interpuesto por el hoy accionante contra la Resolución de recurso de revocatoria 001/2015, emitida por Virginia Velasco Condori, Ministra de Justicia, que determinó confirmar el memorándum MJ-DGAA-RRHH-BM-055/2015, por no corresponder la impugnación planteada en materia impugnable en el marco del Reglamento de Impugnación al Régimen Laboral de las Servidoras y Servidores Públicos aprobados por la Resolución Ministerial (RM) 014/10 de 18 de enero de 2010; y, b) Reincorporar a “Luis Fernando Salvatierra Gutiérrez, a su fuente laboral, sin afectar su nivel salarial ni su puesto de trabajo por su condición de padre progenitor, sea en el plazo de cinco días hábiles a partir de su notificación, con goce de haberes por el tiempo que duró la suspensión de la relación laboral”(sic).

Finalmente, a consecuencia de los memorándums citados líneas arriba, precisó que no puede proporcionarle alimentación a su familia, debido a que no cuenta con los recursos económicos para solventar los gastos que se requiere en el extranjero, ocasionándole grandes perjuicios a él y su familia, por lo que, solicitó se lo restituya a su fuente laboral y sin afectarle su nivel salarial ni puesto de trabajo.