SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0223/2016-s2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0223/2016-s2

Fecha: 21-Mar-2016

II.4.

II.4.  Por escrito de 13 de noviembre de 2015, el ahora accionante, presentó recurso de reposición solicitando se reponga el decreto de 12 de igual mes y año, nombrándose en su lugar un depositario de las joyas ofrecidas como sustitución del monto que le fue imposible conseguir durante más de diez meses, señalando que el art. 244 del CPP, antes citado disponía que tratándose de bienes muebles o joyas, se acreditaba su valor mediante pericia, la cual fue cumplida al presentar el certificado respectivo, aduciendo además que conforme la citada normativa, era misión del juez o tribunal, verificar la autenticidad y veracidad de la tasación para lo cual adjuntó dirección del tasador; por lo que, siendo dicha labor del Tribunal, solicitó se apeguen a la ley sin emitir decretos que solo entorpecían su libertad (fs. 33 y vta.).