SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0225/2016-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0225/2016-S2

Fecha: 21-Mar-2016

i)

Finalmente, Margot Flores Lizarazu, Jueza Primera de Partido de Trabajo, Seguridad Social y Administrativa, Coactivo Fiscal y Tributaria, del mismo departamento, por informe cursante a fs. 53 y vta., indicó que: i) El proceso social a instancia de Jorge Enrique Téllez contra la “Empresa Constructora Delgado”, representada por Edwin Delgado Rivas, por el pago de salarios y beneficios sociales, se inició el 3 de septiembre de 2008. Como efecto de la oposición de excepciones por el demandado, se emitió el Auto de 30 de septiembre de 2008, que fue recurrido en apelación, dictándose el Auto de Vista “308/2008” que anula la referida resolución y la Sentencia “48/2008” mediante Auto de Vista “029/2009”, hasta que se resuelvan las excepciones previas interpuestas por el demandado; ii) Retomando el trámite del proceso por Auto Interlocutorio de 11 de octubre de 2014, resolvió dichas excepciones, tramitándose el proceso hasta la Sentencia 30/2014 de 27 de junio, reconociendo derechos y beneficios sociales en la suma de $us48 375.- (cuarenta y ocho mil trescientos setenta y cinco dólares estadounidenses), la que fue recurrida en apelación y resuelta por Auto de Vista 586/2014, confirmando la mencionada Sentencia, seguidamente se interpuso recurso de casación que fue declarado infundado, mediante el Auto Supremo 208/2015, encontrándose a la fecha en ejecución de autos; y, iii) La Resolución impugnada a través de la presente acción de defensa, fue dictada conforme a las normas procesales adjetivas y sustantivas de la materia, a las pruebas ofrecidas y producidas dentro del proceso, con sometimiento a la ley, imparcialidad y en resguardo del valor justicia, pidiendo denegar la acción planteada.