SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0225/2016-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0225/2016-S2

Fecha: 21-Mar-2016

II.3.

II.3.    Por memorial presentado el 26 de noviembre de 2014, Edwin Delgado Rivas interpuso recurso de casación, impugnando el Auto Vista emitido en segunda instancia, el mismo que entre los puntos que conciernen a la presente acción (puntos 2, 3 y 4), plantearon en síntesis lo siguiente: a) Tanto el Auto de Vista como la Sentencia, desconocen la calidad de socio del demandante dentro de la acción que vincula a la misma sociedad de la que formó parte, y le reconocen derechos laborales con cargo a la sociedad que tiene en su esencia solidaridad ilimitada, cargando el cumplimiento de dicha obligación a uno de los socios, cuando en realidad esas obligaciones le corresponde también al demandante, aspecto éste que no ha sido respondido adecuadamente; y, b) Del mismo modo los jueces de primera y segunda instancia cometieron error de hecho y derecho, al hacer una valoración restrictiva de la prueba aportada pues no tomaron en cuenta la decisión de Jorge Enrique Téllez Pino de no atender el proyecto como superintendente y que lo haría como socio en virtud a que tiene tareas pendientes de su empresa particular, afirmación contenida en el acta existente en obrados, que de manera inequívoca explicita esta decisión (fs. 14 a 18).