Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0254/2016-S2
Fecha: 21-Mar-2016
II.4.
II.4. Mediante proveído ATM/UR/SV 045/2014 emitido por Jorge Luis Sánchez Alejandro, Jefe de Sección de Vehículos y Hugo Sandro Moreno Cossío, Analista Legal Tributario, de la Sección de Vehículos de la Unidad de Recaudaciones, señalaron que conforme a procedimiento no correspondía a la administración tributaria del Gobierno Autónomo Municipal de La Paz, resolver la impugnación presentada, debiendo procederse conforme a lo establecido en el Código Tributario Boliviano (fs. 62).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.3. Petitorio
- a)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Alcances del derecho al debido proceso
- III.2. Marco normativo que regula los medios de impugnación en materia tributaria
- f) Los actos definitivos emitidos por la administración tributaria de alcance particular no previstos en los literales precedentes se tramitarán conforme a la Ley de Procedimiento Administrativo y su reglamento.
- III.3. Análisis del caso concreto
- 2º