SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0254/2016-S2
Fecha: 21-Mar-2016
II.5.
II.5. Por escrito de 15 de octubre de 2015, el BNB Leasing S.A. reiteró su petición de admisión del recurso de revocatoria, aduciendo que conforme al art. 143 del CTB, el recurso de alzada únicamente procede contra los actos detallados en dicha normativa legal, no pudiendo ser objeto de recurso de alzada la Resolución Administrativa ATM/UR/SV 001/2014 y el Auto Administrativo GAMLP/UR/SV 001/2014, por tratarse de resoluciones administrativas que no se encuentran regidas bajo la Ley de Procedimiento Administrativo; asimismo, observaron entre otros que los proveídos impugnados, fueron firmados por funcionarios municipales, no así por autoridades con la debida competencia para suscribirlos (fs. 59 a 60).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.3. Petitorio
- a)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Alcances del derecho al debido proceso
- III.2. Marco normativo que regula los medios de impugnación en materia tributaria
- f) Los actos definitivos emitidos por la administración tributaria de alcance particular no previstos en los literales precedentes se tramitarán conforme a la Ley de Procedimiento Administrativo y su reglamento.
- III.3. Análisis del caso concreto
- 2º