SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0254/2016-S2
Fecha: 21-Mar-2016
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
La entidad accionante a través de sus representantes denuncia la vulneración de sus derechos al debido proceso, a la defensa, a la petición y a la propiedad privada; así como, la inobservancia del principio de jerarquía normativa, alegando que dentro del trámite de transferencia de vehículo presentado ante el Gobierno Autónomo Municipal de La Paz, habiendo el BNB Leasing S.A. interpuesto recurso de revocatoria ante la administración tributaria del mencionado Gobierno Autónomo Municipal contra la Resolución Administrativa GAMLP/ATM/UR/SV 001/2014 y su Auto complementario; por el cual, dicha repartición, dispuso el rechazo de su solicitud de reconocimiento de pago del IT realizado ante el SIN por el vehículo referido; las autoridades demandadas, ilegal e indebidamente, a través de los proveído ATM/UR/SV 045/2014 y ATM/UR/SV 058/2014 rechazaron tomar conocimiento del recurso de revocatoria interpuesto, amparándose en el art. 7 del DS 27350, y de forma genérica en el Código Tributario Boliviano, sin referir concretamente a ningún artículo específico ni con mayor fundamento legal, ocasionando su indefensión absoluta, pues al no encontrarse las Resoluciones Administrativas impugnadas, previstas en ninguno de los incisos de las normativas tributarias citadas, no existe ninguna otra vía legal por la cual pudiesen hacer valer sus intereses legítimos y derechos subjetivos.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.3. Petitorio
- a)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Alcances del derecho al debido proceso
- III.2. Marco normativo que regula los medios de impugnación en materia tributaria
- f) Los actos definitivos emitidos por la administración tributaria de alcance particular no previstos en los literales precedentes se tramitarán conforme a la Ley de Procedimiento Administrativo y su reglamento.
- III.3. Análisis del caso concreto
- 2º