Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0258/2016-S2
Fecha: 21-Mar-2016
I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
La parte accionante a través de su abogado apoderado ratificó los términos de la acción planteada y ampliándola hizo mención a la SCP 249/2015 de 20 de marzo, ya que si bien existe un recurso de revocatoria no es necesario que se agote lo subsidiario, conforme estableció la SC “530/2011” y SCP “198/2013”, puesto que el accionante fue designado y luego removido en su cargo sin considerar que es padre de una hija de seis meses.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.3. Petitorio
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- a)
- denegó
- II.1.
- II.3.
- II.5.
- II.7.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. De
- aquello que se determine en la conminatoria deberá ser acatado por el empleador entre tanto se definan los derechos controvertidos en la vía judicial; en consecuencia, la tutela que obtenga el trabajador o trabajadora en sede administrativa laboral, conforme a los términos de las disposiciones legales antes señaladas, será siempre de carácter provisional
- continuidad y estabilidad de la relación laboral
- III.2. Análisis del caso concreto
- REVOCAR en todo