Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0258/2016-S2
Fecha: 21-Mar-2016
II.7.
II.7. Cursa memorándum de designación de funciones 041/2015 de 4 de septiembre, por el cual asumió funciones Héctor Douglas Centella Alcoba en el cargo de “Encargado de Trafico y Vialidad” por designación de Pablo Ronald Toledo Cortez, Secretario de Planificación y Desarrollo Territorial (fs. 141); cédula de identidad del mismo (fs. 142); y, Declaración Jurada Voluntaria de no incompatibilidades para optar el cargo en el Gobierno Autónomo Municipal de Riberalta de 9 de noviembre de 2015 (fs. 146).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.3. Petitorio
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- a)
- denegó
- II.1.
- II.3.
- II.5.
- II.7.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. De
- aquello que se determine en la conminatoria deberá ser acatado por el empleador entre tanto se definan los derechos controvertidos en la vía judicial; en consecuencia, la tutela que obtenga el trabajador o trabajadora en sede administrativa laboral, conforme a los términos de las disposiciones legales antes señaladas, será siempre de carácter provisional
- continuidad y estabilidad de la relación laboral
- III.2. Análisis del caso concreto
- REVOCAR en todo