SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0275/2016-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0275/2016-S2

Fecha: 23-Mar-2016

III.4.  Análisis del caso concreto

El accionante, en la acción tutelar denuncia la vulneración del derecho al debido proceso en su componente a ser procesado en un plazo razonable, señalando que dentro del proceso penal que le sigue el Ministerio Público por la presunta comisión del delito de transporte de sustancias controladas, opuso ante el Juzgado Octavo de Partido de Sentencia Liquidador del departamento de La Paz, la excepción de extinción de la acción por duración máxima del proceso, la que fue declarada procedente mediante Resolución 61/2014 de 11 de diciembre; sin embargo, en apelación esta determinación fue revocada por Resolución 68/2015 de 31 de marzo, emitido por la Sala Penal Tercera del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, que declaró admisible y procedente la apelación planteada por el Ministerio Público, con el escueto argumento de que el presunto delito de transporte de sustancias controladas, al tratarse de un delito de narcotráfico era de lesa humanidad era imprescriptible.

Precisados los hechos que motivaron la demanda tutelar; de antecedes se tiene que dentro del citado proceso penal el ahora accionante, suscitó incidente de extinción de la acción penal por duración máxima del proceso que en principio fue declarado procedente por la Jueza Octava de Partido de Sentencia Penal Liquidadora del departamento de La Paz; empero, como efecto del recurso de apelación interpuesto por el Ministerio Público, la Sala Penal Tercera del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, declaró admisible y procedente la apelación por Auto de Vista 68/2015, en cuyo mérito revocó la Resolución recurrida, en base a los siguientes fundamentos: