SENTENCIA CONSTITUCIONAL PlurinacionaL 0276/2016-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PlurinacionaL 0276/2016-S2

Fecha: 23-Mar-2016

II.6.

II.6.    Mediante RA 384/2015 de 9 de noviembre, Adrián Esteban Oliva Alcázar, Gobernador del Departamento de Tarija, desestimó el recurso jerárquico interpuesto por la ahora accionante; argumentando que: i) Ésta no tiene derecho a la estabilidad laboral, porque no es una funcionaria de carrera, fue designada sin seguir el proceso de selección de personal, sino por voluntad de la autoridad en funciones, por cuanto no se tiene demostrado que su incorporación fue realizada a través del proceso de reclutamiento del personal mediante convocatorias internas y externas conforme a los arts. 23 de la Ley 2017 y “79 literal c)” del Decreto Supremo (DS) 28909 de 6 de noviembre de 2006; y, ii) Asimismo, por la documentación se tiene que Inés Lourdes Aguirre Garzón, no demostró que es tutora de su hermano, que están a cargo sus padres de la tercera edad, toda vez que no acompañó al recurso, ningún documento que acredite dicho extremo, conforme lo exige el art. 5 del DS 27477 de 6 de mayo de 2004, modificado por los Decretos Supremos (DDSS) 29608 y 28521, siendo improcedente la pretensión (fs. 29 a 37).