Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0282/2016-S1
Fecha: 10-Mar-2016
I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
Los accionantes alegaron como lesionados sus derechos a existir libremente, a la territorialidad, a la libre circulación, a la consulta, al acceso a la justicia, a la propiedad y a la paz, citando al efecto los arts. 10.I, 21.7, 30.II.1, 4 y 15, 56.I y 115.I de la Constitución Política del Estado (CPE); 2, 3, 6.1 inc. a) y 15 del Convenio 169 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT); 13 de la Declaración Universal de Derechos Humanos; 12 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos (PIDCP); 21.1, 22 y 25 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos; y, 17, 19, 30 y 32 de la Declaración de las Naciones Unidas sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas.
- acción popular
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- a)
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- 1)
- i)
- concedió
- II.1.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción popular
- Fragmento 16
- III.2. Derechos colectivos protegidos por la acción popular correspondientes a pueblos y naciones indígena originario campesinas
- III.3.
- 1° CONFIRMAR en parte