SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0299/2016-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0299/2016-S1

Fecha: 10-Mar-2016

III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO

La accionante considera lesionado su derecho al debido proceso en sus vertientes de motivación, fundamentación, congruencia, legalidad, aplicación objetiva de la ley y el acceso a la justicia; debido a que dentro del proceso penal seguido por su padre Manuel Mendoza Canllagua contra Erasmo Chura Canaviri, por la presunta comisión del delito de perturbación a la posesión, a su fallecimiento fue continuado por sus hijos, luego de un procedimiento engorroso que llevó muchos años, se emitió la Resolución 51/11 de 7 de febrero de 2011, que tiene por título Auto motivado de lectura de sentencia y en la parte final declara probada la cuestión previa de falta de tipicidad planteada por el imputado, apelada tal determinación, el Juzgado Primero de Partido y Sentencia Penal de El Alto, dictó el Auto de Vista 07/2012 de 9 de agosto, confirmando el fallo apelado; recurrido en casación por su parte mereció la Resolución 8/2014 “de 11 de octubre de 2013” (sic), en la que los Vocales de la Sala Penal Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, declararon infundado el recurso planteado carente de fundamentación, incongruente y violatorio del principio de legalidad que hace al debido proceso.