SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0315/2016-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0315/2016-S3

Fecha: 03-Mar-2016

Fragmento 13

           Ahora bien, sobre esta temática, corresponde remitirnos a la jurisprudencia constitucional citada en el Fundamento Jurídico III.3., por cuanto la falta de fundamentación denunciada en la Resolución de aprehensión citada en la Conclusión II.1. de este fallo, debe ser puesta previamente en conocimiento de la autoridad jurisdiccional a cargo del control de la investigación, medio idóneo, eficiente y oportuno para que el accionante pueda hacer prevalecer sus derechos y la restitución de los mismos en caso de ser vulnerados; por lo que, una vez agotada esa vía y de no ser restablecidos sus derechos recién podía activar la jurisdicción constitucional,  por lo que al no haber actuado en ese sentido esta Sala se ve impedido de ingresar al análisis de fondo de la problemática jurídica denunciada, correspondiendo consecuentemente denegar la tutela solicitada, por concurrir la excepcional subsidiariedad en acción de libertad.