Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0315/2016-S3
Fecha: 03-Mar-2016
II.2.
II.2. El 20 de noviembre de 2015, a horas 18:48, se presentó Resolución de imputación formal contra el accionante, dentro del proceso penal seguido por el Ministerio Público a denuncia de la Defensoría de la Niñez y Adolescencia contra el nombrado, por la presunta comisión del delito de abuso sexual, a través de la cual también se solicitó la aplicación de medidas cautelares, mereciendo el proveído de 21 de igual mes y año, suscrito por la autoridad demandada, mediante el cual se señaló audiencia para ese día a horas 9:45 (fs. 7 a 11).
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- denegó
- II.2.
- Fragmento 7
- III.2. Principio de celeridad y la acción de libertad traslativa o de pronto despacho
- III.3.
- al estar identificada la autoridad jurisdiccional, es ante ella donde se debe acudir en procura de la reparación y/o protección a sus derechos.
- i)
- III.4.1. Respecto de la demora en la celebración de la audiencia de aplicación de medidas cautelares
- Fragmento 13
- REVOCAR en parte