Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0323/2016-S3
Fecha: 03-Mar-2016
II.6.
II.6. Cursa orden de conducción dirigida al Director de la FELCC de Tarija, para que el mismo pueda conducir a la accionante a la Sala Penal Primera del Tribunal Departamental de Justicia del mismo departamento, a horas 11:00 del 15 de julio de 2015, para llevarse a cabo la audiencia de acción de libertad, en cuyo reverso se consigna una nota suscrita por Clider Never Rosales, médico ginecólogo obstetra del Hospital “San Juan de Dios”, que refiere que la paciente se encuentra recibiendo tratamiento por diagnóstico de amenaza de aborto, por el antecedente de tres abortos espontáneos, por lo que sugiere realizar audiencia en dicho nosocomio (fs. 35).
- acción de libertad
- I.1. Contenido de la demanda
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- Fragmento 4
- Fragmento 5
- a)
- 1)
- denegó
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- III.1. Jurisprudencia reiterada sobre los presupuestos de activación de la acción de libertad
- III.2. Análisis del caso concreto
- III. 3. Sobre la remisión de esta acción de libertad para revisión
- 2º