Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0324/2016-S3
Fecha: 03-Mar-2016
II.2.
II.2. El 21 de septiembre de 2015, el actual accionante presentó un memorial solicitando al Tribunal Octavo de Sentencia Penal del departamento de La Paz -ahora demandado-, la remisión del proceso de marras ante el juez de ejecución penal de turno para la ejecución de sentencia, por encontrarse vencido el plazo de apelación, petición que mereció decreto de 22 del mismo mes y año, que ordenó que por Secretaría se remitan a ejecución penal las piezas pertinentes (fs. 49 y vta.).
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- concedió
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.6.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- el acto lesivo, entendido como los actos ilegales, las omisiones indebidas o las amenazas de la autoridad pública, denunciados, deben estar vinculados con la libertad por operar como causa directa para su restricción o supresión
- III.2. Análisis del caso concreto
- REVOCAR