SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0346/2016-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0346/2016-S1

Fecha: 16-Mar-2016

II.3.

II.3.  En grado de apelación, mediante Auto de Vista 20 de 13 de enero 2015, los Vocales de la Sala Civil y Comercial Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz (con excusa del Dr. Adhemar Fernández Ripalda), confirmaron el Auto 322/2014, declarando que “resulta inconsistente el argumento de que se habría pactado verbalmente que de enajenarse el bien a un mayor precio, éste sería dividido en partes iguales, (…) consiguientemente ante la evidencia documental de que el inmueble por acuerdo de partes fue consignado a favor del cónyuge resulta inaplicable la posterior verdad material de que el citado inmueble hubiere sido transferido a un tercero en la suma de $us. 309.000” (sic) (fs. 94 y vta.).