Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0357/2016-S3
Fecha: 15-Mar-2016
1º REVOCAR
1º REVOCAR la Resolución de 11 de noviembre de 2015, cursante de fs. 130 a 135 vta., pronunciada por la Jueza Primera de Partido de Trabajo y Seguridad Social, Familia y Público de la Niñez y Adolescencia de Yacuiba del departamento de Tarija; y en consecuencia, CONCEDER la tutela solicitada, únicamente con relación al derecho al debido proceso, sin costas.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
- a)
- 1)
- i)
- denegó
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. El derecho al debido proceso en el nuevo orden constitucional
- III.2. Análisis del caso concreto
- 1º REVOCAR
- 2º Ordenar