SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0404/2016-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0404/2016-S3

Fecha: 30-Mar-2016

i)

Valentín Hinojosa Guzmán y Guillermo Hinojosa Gonzales, a través de su representante legal y Justino Hinojoza Lafuente, por memorial de 30 de noviembre de 2015, cursante de fs. 553 a 558, y en audiencia señalaron que: i) La parte accionante no hizo referencia que el Juez a quo haya aplicado en forma indebida el art. 83 de la Ley 1715; ii) El proceso fue desarrollado dentro del marco que indica dicha Ley; iii) En virtud a la Sentencia 05/2015, emitida por el Juez Agroambiental de Quillacollo del departamento de Cochabamba, la parte perdidosa recurrió de casación, y la Sala Primera del Tribunal Agroambiental emitió el Auto Nacional Agroambiental S1a 54/2015, declarando infundado el recurso de casación en el fondo e improcedente en la forma; iv) El accionante pretende ampliar el recurso de casación pero sin fundamento, es decir, con los mismos argumentos que de los aludidos en el proceso agrario; v) Respecto a los términos de incongruencia y ultra petita, mediante memorial se hizo conocer destrozos de las acequias, del estanque y depósito de agua que fue presentado posteriormente a la demanda, solicitando que esos hechos sean apreciados en sentencia, por lo que no puede considerarse una Resolución ultra petita la emitida por el Juez agrario; vi) Desde el inicio de la demanda de restitución sobre uso y aprovechamiento de aguas de riego y/o vertientes, se aperturaron por lo menos diez procesos penales en la comunidad de Tiquipaya; y, vii) No es evidente el desvió de la vertiente, por lo que no se debe confundir la vertiente “Hierba Buenani” con las demás, ya que no existe ninguna contradicción.