SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 284/2016-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 284/2016-S1

Fecha: 10-Mar-2016

1)

Casilda Lourdes Yugar Quispe, a través de su abogado, en audiencia argumentó que: 1) Vive en el inmueble motivo del litigio por más de veinticuatro años, y tiene los servicios básicos hace más de veinte, por lo que no es evidente que sea una loteadora; 2) El recurso de casación de la parte contraria, no cumplió con los requisitos del art. 258.2 del Código de Procedimiento Civil abrogado con relación a los arts. 253 y 254 del mismo Código, no hizo una relación clara y precisa de las leyes que se hubo violado, aplicado errónea o indebidamente, tampoco indica cómo se debiera haber fallado; y, 3) En cuanto al segundo sorteo, se realizó cumpliendo los requisitos, normas y formalidades que exige la normativa vigente.

  CONCEDER la tutela por la vulneración al derecho al debido proceso en su vertiente de fundamentación contra Alaín Núñez Rojas y Editha Pedraza Becerra, Vocales de Sala Civil Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, dejando sin efecto la Resolución de 29 de mayo de 2014, debiendo las autoridades demandadas, pronunciar nueva resolución en los términos dispuestos por el Tribunal de garantías.