SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0367/2016-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0367/2016-S2

Fecha: 25-Abr-2016

III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO

El representante de la accionante denuncia la vulneración de los derechos de su representada, a la libertad, al debido proceso, a la defensa, y a la celeridad, entendida como obtención de una justicia plural, pronta, oportuna, gratuita, transparente y sin dilaciones, alegando que las autoridades demandadas no tramitaron ni resolvieron con la prontitud debida el pedido de cesación de la detención preventiva impuesta contra su representada; aduciendo bajo excusa, el Juez Octavo titular, que la Jueza Quinta, quien actuó de turno en la imposición de la medida restrictiva de libertad señalada, no habría remitido aún el acta de audiencia cautelar; provocando así, que a la fecha de interposición de su acción de defensa no se haya fijado audiencia de consideración de su solicitud, pese a haber transcurrido ya diez días de su pedido, incurriendo en una dilación evidente con la consiguiente lesión, esencialmente, de su derecho a la libertad.