SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0424/2016-S1
Fecha: 21-Abr-2016
II.3.
II.3. El 28 de septiembre de 2009, el Ministerio de Hidrocarburos y Energía mediante RM R.J 062/2009, resolvió aceptar el recurso jerárquico interpuesto por Refinería Oro Negro S.A. contra la RA SSDH 1204/2008, emitida por la ex Superintendencia de Hidrocarburos, disponiendo lo siguiente a) Revocar parcialmente la Resolución recurrida únicamente en lo relativo a la tasa de riesgo país para Bolivia, como componente de la variable “retorno sobre patrimonio” para la determinación del monto del diferencial de ingresos correspondiente a mayo de 2007 b) Confirmar parcialmente la resolución recurrida con relación a la aplicación de los criterios asumidos por la ex Superintendencia de Hidrocarburos en la RA SSDH 1204/2008, en lo relativo a las siguientes variables 1) Costo del crudo y merma en la carga al proceso de producción; 2) Depreciación; 3) Retorno sobre el patrimonio, en su componente de reevalúo técnico; y, 4) Costos de declarados por demora en recepción de facturas, manteniendo firmes los montos determinados por la ex Superintendencia de Hidrocarburos en la referida resolución en las variables indicadas, e Instruir a la Agencia Nacional de Hidrocarburos (ANH), entidad que ha asumido las funciones de la ex Superintendencia de Hidrocarburos, que en cumplimiento a lo dispuesto por el art. 92 I del DS 27172, emita nueva resolución justificando el valor de 4,26 % en el componente tasa de riesgo país de la variable “retorno sobre patrimonio”, o en su defecto, modificar dicho valor con el debido sustento, en cuyo caso, deberá modificarse el monto del diferencial de ingresos correspondiente al mes de mayo 2007, en el monto que resulte de aplicar el nuevo valor (fs. 430 a 444).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- I.1.3. Petitorio
- concedió
- II.1
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- III.1.Sobre los principios ético morales de la sociedad plural y los valores que sustenta el Estado boliviano
- III.2. De la acción de amparo constitucional
- III.3.Sobre la fundamentación y motivación en las resoluciones judiciales
- La parte motivada con estudio de los hechos probados y en su caso los no probados, evaluación de la prueba,
- III.4.El principio de congruencia en las resoluciones judiciales
- III.5.Análisis del caso concreto
- concedido
- CONFIRMAR