SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0433/2016-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0433/2016-S3

Fecha: 06-Abr-2016

i)

En audiencia el abogado de las autoridades demandadas refirió que: i) El SEDES Santa Cruz, procedió a la institucionalización de todos sus funcionarios; empero, considerando la Ley Marco de Autonomías y Descentralización “Andrés Ibañez”, que establece la reestructuración de la salud pública del departamento de Santa Cruz, a través de un Decreto Departamental disponiendo que los Hospitales de tercer nivel se queden con el Gobierno Autónomo Departamental de Santa Cruz y los de segundo nivel con el Gobierno Autónomo Municipal sin vulnerar derechos; toda vez que, los funcionarios siguen manteniendo su rango y ganando su mismo salario; y, ii) No se efectivizó la transferencia del ahora accionante; porque en criterio del mismo se le hubiera notificado a las 22:00 horas en su turno de trabajo; empero al no recibir la notificación, continúa trabajando en el mismo servicio y con el mismo cargo; por lo que, no existe ningún derecho vulnerado que restituir; asimismo la razón para emitir el memorando fue que en su cédula de identidad constaba su domicilio cerca del Centro de Salud Norte; advirtiéndole al mismo que elija los centros de salud más cercanos; siendo que, el ente Municipal de Santa Cruz de la Sierra continuará contratando hasta que esta entidad se quede con su propio personal.