SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0459/2016-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0459/2016-S3

Fecha: 20-Abr-2016

1)

Cesar Hugo Cocarico Yana, Ministro de Desarrollo Rural y Tierras, a través de sus representantes legales, por memorial presentado el 18 de febrero de 2016, cursante de fs. 569 a 571, señaló que: 1) Se plantea la supuesta inobservancia de la SCP 1747/2013, por la cual se concedió en parte la tutela, empero, dicha Sentencia ya no sería aplicable al presente caso, puesto que la Resolución ahora impugnada y los demandados serían otros, por lo no corresponde una nueva acción de amparo constitucional; además, que si se quiere hacer valer y sobre todo hacer cumplir lo determinado por el Tribunal Constitucional Plurinacional en la referida Sentencia, debió acudir a otra vía y no a una nueva acción de defensa; 2) Ante la supuesta fundamentación respecto a que no se habría pronunciado con relación a una solicitud de saneamiento simple, efectuada por el accionante y una presunta falta de pronunciamiento de la separación de predios en conflicto, para poder determinar la ilegalidad que supuestamente se hubiera cometido, ello para nada demostraría ni justificaría la verdadera razón de la Sentencia Nacional Agroambiental en cuestión, por cuanto dicha Sentencia hizo alusión al incumplimiento de la función económica social por parte del accionante, prevista en el art. 397 de la CPE; y, 3) Lo indicado es la base para la emisión de la Sentencia Nacional Agroambiental S1ª 41/2015, siendo la pretensión del accionante la de dilatar el trámite de Saneamiento de la Propiedad Agraria, pese a no haber cumplido con los requisitos, y recién intentar ingresar al predio para realizar mejoras en la misma, y así cumplir con dicha función.