Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0460/2016-S3
Fecha: 20-Abr-2016
I.2.5. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional Plurinacional
Posteriormente, el 11 de diciembre de 2015, el Magistrado Juan Oswaldo Valencia Alvarado presentó su excusa para el conocimiento de la causa, excusa que fue declarada legal mediante AC 018/2015 de 16 de diciembre, pronunciado por la Sala Plena de este Tribunal Constitucional Plurinacional (fs. 344 a 346).
Luego, por proveído de 7 de marzo de 2016, se dispuso la reanudación del cómputo de plazo a partir de la notificación con el mismo (fs. 348 a 350), y en razón a la excusa formulada, se procedió a un nuevo sorteo el 9 de marzo de 2016 (fs. 351), por lo que la presente Sentencia Constitucional Plurinacional se pronuncia dentro del plazo legal.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
- I.1.3. Petitorio
- I.2. Audiencia y Resolución del Juez de garantías
- I.2.2. Informe de la persona demandada
- I.2.3. Intervención de las terceras interesadas
- concedió
- I.2.5. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional Plurinacional
- II.1.
- II.2.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Retiro y habilitación de firmas autorizadas de las cuentas corrientes fiscales. Marco normativo
- el
- Normas conexas a ser aplicadas conforme a la Ley de Procedimiento Administrativo
- 2)
- III.3. Análisis del caso concreto
- REVOCAR