Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0496/2016-S3
Fecha: 27-Abr-2016
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
La accionante alega como lesionados sus derechos a la libertad y al debido proceso, por cuanto las autoridades demandadas a su turno, rechazaron su solicitud de cesación a la detención preventiva sin efectuar una valoración integral de la documentación presentada para dicho efecto, por lo que, estaría detenida en forma ilegal.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- no significa que no vaya ser un peligro efectivo para la víctima o denunciante,
- por la mala valoración de la prueba
- disponiéndose la modificación de la Resolución de cesación, se apliquen medidas sustitutivas a la detención preventiva conforme al art. 240 del CPP,
- a)
- 1)
- i)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- jurisdicción constitucional no tiene competencia para ingresar a valorar la prueba
- facultad de valoración de la prueba corresponde privativamente a los órganos jurisdiccionales ordinarios
- otra excepción se da cuando la autoridad judicial basa su decisión en una prueba inexistente o que refleja un hecho diferente al utilizado como argumento
- Basaron su decisión en una prueba inexistente o que refleje un hecho diferente al utilizado como argumento
- III.2. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR