AUTO CONSTITUCIONAL 0133/2016-RCA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0133/2016-RCA

Fecha: 06-May-2016

2° Ordenar

2° Ordenar al Tribunal de garantías, cumplir con lo previsto en los arts. 35, 36, 37 y 38 del Código Procesal Constitucional, a objeto que observe el procedimiento respectivo; y, al haberse ya admitido la presente acción de amparo constitucional, someta la causa al trámite conforme a procedimiento y en audiencia pública de consideración, se resuelva según corresponda en derecho.