Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0435/2016-S2
Fecha: 09-May-2016
I.1.3. Petitorio
Solicita que se le conceda la tutela y se disponga el cese de los actos ilegales y que las autoridades demandadas adecuen su accionar a lo previsto en los arts. 5, 54, 90, 93 y 94 de la Ley de Ejecución Penal y Supervisión (LEPS) para el restablecimiento su salud, con las garantías y derecho a la dignidad.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.3. Petitorio
- a)
- 1)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.5.
- Fragmento 11
- III.1. El derecho a la vida, la integridad personal y la acción de libertad
- estableció que el derecho a la vida guarda íntima relación con otros Derechos Humanos, como son la integridad física y la salud, los cuales gozan de protección por el orden constitucional vigente, señalando que a través de la acción de libertad es posible tutelar tal derecho, aun cuando este no esté relacionado con el derecho a la libertad,
- III.2.
- REVOCAR en todo
- 2.