Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0437/2016-S2
Fecha: 09-May-2016
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
El accionante considera lesionados sus derechos al debido proceso, a la libertad, a una justicia pronta y oportuna y sin dilaciones, toda vez que, la autoridad demandada decidió suspender la audiencia de cesación a la detención preventiva de 4 febrero de 2016, con el fundamento de ser incompetente para resolver el pedido de cesación de la medida cautelar, en razón a que mediante providencia de 1 del mes y año referido, ya había ordenado la remisión de los antecedentes ante el Tribunal de Sentencia de Montero, en mérito a que el representante del Ministerio Público presentó acusación formal contra el imputado el 29 de enero del mismo año.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.6.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. La acción de libertad de pronto despacho
- III.2. En cuanto a la suspensión de la audiencia de consideración de cesación a la detención preventiva
- Fragmento 14
- Fragmento 15
- III.3. Competencia de los Jueces y Tribunales de Sentencia para conocer medidas cautelares
- III.4.
- REVOCAR en todo