Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0444/2016-S2
Fecha: 09-May-2016
II.1
II.1. Cursa escrito presentado el 10 de octubre de 2014 ante el Director Técnico SEDES La Paz, Charlie Hans Luna Bueno, hoy accionante, solicitó se le reponga el salario tal como se le debía cancelar, ya que en su papeleta de sueldo correspondiente al mes de septiembre de ese año, se efectúo la disminución de su salario, reteniendo indebidamente el monto correspondiente a su categoría y el monto referido al escalafón profesional; dicho pedido fue reiterado por escrito de fecha 17 del mismo mes y año (fs. 17 a 18 vta.).
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- denegó
- II.1
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- III.1. Sobre la legitimación pasiva en casos emergentes de procesos judiciales y administrativos
- en aquellos casos en los que el acto denunciado como ilegal es ejecutado por una autoridad y es otra la competente para revisar esa actuación a efecto de modificar, confirmar o revocar el acto puesto en su conocimiento, el recurso debe ser interpuesto contra ambas autoridades al tener legitimación pasiva, la primera por ejecutar el acto ilegal y la segunda por no corregirlo, de modo que al ser ambas responsables, deben asumir las consecuencias de sus actos
- III.2. Sobre los efectos de la falta de legitimación pasiva
- III.3. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR en todo