Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0444/2016-S2
Fecha: 09-May-2016
II.5.
II.5. Por Resolución del Recurso de Revocatoria 10/2015 de 14 de abril, Ronal Chogar Oquendo, Sumariante (nuevo) resolvió ratificar el artículo primero de la Resolución Final Administrativa 49/2014, al haberse encontrado indicios de responsabilidad civil que habría causado al patrimonio del Estado, dispuso la remisión de antecedentes a la Unidad de Auditoria Interna y Asesoría Jurídica del SEDES-La Paz; y, que se informe a la Dirección Técnica de la misma Institución, las acciones asumidas para la reparación del daño causado. Por escrito presentado el 11 de mayo de 2015, el accionante interpuso recurso jerárquico contra la referida determinación (fs. 29 a 32 y 33 a 34).
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- denegó
- II.1
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- III.1. Sobre la legitimación pasiva en casos emergentes de procesos judiciales y administrativos
- en aquellos casos en los que el acto denunciado como ilegal es ejecutado por una autoridad y es otra la competente para revisar esa actuación a efecto de modificar, confirmar o revocar el acto puesto en su conocimiento, el recurso debe ser interpuesto contra ambas autoridades al tener legitimación pasiva, la primera por ejecutar el acto ilegal y la segunda por no corregirlo, de modo que al ser ambas responsables, deben asumir las consecuencias de sus actos
- III.2. Sobre los efectos de la falta de legitimación pasiva
- III.3. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR en todo