SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0444/2016-S2
Fecha: 09-May-2016
II.4.
II.4. Mediante Resolución Final Administrativa 49/2014 de 15 de diciembre, la Juez Sumariante, dispuso: a) La suspensión de actividades de Charlie Hans Luna Bueno, hoy accionante, por el lapso de veinte días, sin goce de haberes, al haberse evidenciado responsabilidad administrativa en su conducta, por la transgresión de las normas establecidas en los arts. 10 inc. a); 11 incs. b), e) y f); y, 47 inc. b).1 y 9 del Reglamento Interno del SEDES-La Paz; y, b) Estableció responsabilidad civil en la conducta de Charlie Hans Luna Bueno, disponiendo la remisión de antecedentes ante la Unidad Jurídica y a la Unidad de Auditoría Interna de la referida Secretaría. Contra la mencionada Resolución, el procesado, hoy accionante, mediante escrito presentado el 1 de abril de 2015, interpuso recurso de revocatoria (fs. 24 a 26 y 27 a 28 vta.).
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- denegó
- II.1
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- III.1. Sobre la legitimación pasiva en casos emergentes de procesos judiciales y administrativos
- en aquellos casos en los que el acto denunciado como ilegal es ejecutado por una autoridad y es otra la competente para revisar esa actuación a efecto de modificar, confirmar o revocar el acto puesto en su conocimiento, el recurso debe ser interpuesto contra ambas autoridades al tener legitimación pasiva, la primera por ejecutar el acto ilegal y la segunda por no corregirlo, de modo que al ser ambas responsables, deben asumir las consecuencias de sus actos
- III.2. Sobre los efectos de la falta de legitimación pasiva
- III.3. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR en todo