SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0444/2016-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0444/2016-S2

Fecha: 09-May-2016

II.2.

II.2.  En repuesta al primer escrito, por Auto de 30 de octubre de 2014, Henry Flores Zúñiga, Director Técnico del SEDES La Paz, dispuso que no corresponde revocar lo dispuesto sin que previamente cumpla con los requisitos, con el fundamento de que debe dar cumplimiento a lo dispuesto en la RM 0640, que establece que la categoría profesional en Salud Nº 1, es el reconocimiento a los estudios de Post-Grado en las áreas de especialización clínica y no clínica de los profesionales médicos en instituciones, reconocidas por el Comité Nacional de Integración Docente Asistencial e Investigación (fs. 20).