SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0495/2016-S1
Fecha: 04-May-2016
1)
Elías Fernando Ganam Cortez, Vocal de la Sala Penal Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, presentó informe escrito, cursante a fs. 21 y vta., refiriendo que: 1) Conforme al “Art. 17 de la Ley del Órgano Judicial” (sic) se observó el legajo de apelación por no encontrase en el mismo el acta de reinstalación de la audiencia de medidas cautelares, en la que debía establecerse la presencia de las partes en audiencia, “para así poder identificar con claridad si todos los sujetos procesales fueron notificados con la resolución objeto de apelación” (sic); y, 2) La observación realizada se encuentra dentro el plazo determinado por ley, porque fue remitida la impugnación a dicha Sala el 18 de enero de 2016 y el decreto es de 19 del mismo mes y año, además la devolución al Juzgado de origen se realizó el 28 del mes y año citados a horas 16:45.
- acción de libertad
- I. ANTECEDENTES CON RELEVANCIA JURÍDICA
- a)
- 1)
- i)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.5.
- II.7.
- celeridad
- dilaciones innecesarias que en definitiva lesionan el derecho fundamental de la libertad
- Fragmento 14
- exigencia que se hace más apremiante en aquellos casos vinculados a la libertad personal, toda vez que tales peticiones deben ser atendidas de forma inmediata si no existe una norma que establezca un plazo, y si existiera, el plazo deberá ser cumplido estrictamente
- y remitido inexcusablemente en el plazo improrrogable de veinticuatro horas
- interpuesto este recurso, las actuaciones pertinentes deben ser remitidas ante la Corte Superior de Justicia en el término de veinticuatro horas, a efectos de que el tribunal de alzada, sin más trámite, resuelva la apelación en audiencia dentro de los tres días siguientes de recibidas las actuaciones
- ante la formulación de una apelación el juez de primera instancia se encuentra compelido a enviar en un plazo no mayor a veinticuatro horas toda la documentación necesaria para que el superior en grado conozca y resuelva el recurso,
- Fragmento 19
- III.6. Análisis del caso
- denegado
- Fragmento 22
- 1° CONCEDER