SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0498/2016-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0498/2016-S2

Fecha: 13-May-2016

II.2.

II.2.    Por Auto complementario de 16 de septiembre de 2015, las autoridades demandadas dieron respuesta al memorial de complementación y enmienda presentada por la accionante contra la Resolución SD-AP 313/2013 en el cual se dispuso la anulación hasta fs. 103; es decir hasta la clausura de la etapa investigativa por cuanto la Resolución 66/2015, puntualmente señaló que el Juez a quo no desarrolló su facultad investigativa conforme el art. 196.II de la LOJ, decisión que debe ser cumplida por el inferior en grado, aclarando que debido a un lapsus cálami erróneamente se había dispuesto la nulidad hasta fs. 131, por lo cual de conformidad a lo dispuesto en el art. 103 del Acuerdo 75/2013 de 23 de abril de 2013, se dispuso no ha lugar a la solicitud de complementación y enmienda efectuada por la autoridad demandante (fs. 11).