SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0505/2016-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0505/2016-S1

Fecha: 09-May-2016

el afectado agote todos los mecanismos internos idóneos para el cuestionamiento a decisiones judiciales establecidos por ley

Por otra parte, la SC 1907/2010-R de 25 de octubre, estableció sobre los requisitos de procedencia contra resoluciones judiciales lo siguiente: “a) Que el afectado agote todos los mecanismos internos idóneos para el cuestionamiento a decisiones judiciales establecidos por ley, observando de forma precisa la vulneración a los derechos o garantías fundamentales alegados como vulnerados. b) La vulneración a los derechos o garantías fundamentales denunciadas como vulneradas, no deben ser provocadas ni consentidas por el afectado, ya que la justicia constitucional no puede reparar la negligencia o dejadez de la parte afectada(las negrillas nos pertenecen).