SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0513/2016-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0513/2016-S2

Fecha: 23-May-2016

I.1.1. Hechos que motivan la acción

Dentro del proceso penal que se sigue en su contra por el presunto delito de violación de niña y adolescente, el “1 de marzo de 2016” (sic), en el Tribunal Segundo de Sentencia Penal de Cobija, se llevó a cabo la audiencia de cesación a la detención preventiva, acto que concluyó a horas “18:17” (sic); en la misma audiencia, interpuso recurso de apelación para que en el plazo de veinticuatro horas, se remitan los antecedentes ante el Tribunal Departamental de Justicia.

Precisa que, habiéndose apersonado ante el Tribunal Segundo de Sentencia el 3 de marzo de 2016, le informan la Resolución pronunciada en audiencia de 1 del indicado mes y año, aún no se encontraba firmada, y que presumiblemente estaría suscrita el 4 de igual mes y año para su posterior remisión al tribunal de alzada; es decir fuera del plazo previsto por el art. 251 del Código de Procedimiento Penal (CPP), sin que hasta la fecha y hora de interposición de la presente acción tutelar, las autoridades demandadas, hayan remitido antecedentes al superior en jerarquía.