SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0513/2016-S2
Fecha: 23-May-2016
I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
El abogado patrocinante, ratificó in extenso los términos expuestos en la demanda, haciendo hincapié en que la remisión del cuadernillo de apelación, debió realizarse hasta horas 18:17 del 2 de marzo de 2016, y, ampliando sus argumentos, manifestó que su representado debe presentarse a trabajar el 10 de igual mes y año; por lo que, la dilación en la tramitación de la apelación, genera incertidumbre respecto a su situación jurídica e incide en la posibilidad de poder acceder a una fuente laboral, motivo por el cual se reclamó la remisión de antecedentes, los cuales fueron enviados el 3 de marzo de 2016 recién a horas 12:20; es decir, fuera del plazo previsto por el art. 251 del Código de Procedimiento Penal (CPP) y luego de que se notificó a las autoridades demandadas con la presente acción de defensa; y finalmente, que desconocía los informes del Consejo de la Magistratura de Pando sobre los cortes de energía eléctrica que imposibilitaron el normal desarrollo de las funciones del personal del Tribunal de Sentencia.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- a)
- denegó
- II.1.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- las actuaciones pertinentes serán remitidas ante la Corte Superior de Justicia, en el término de veinticuatro horas
- oralmente en audiencia
- si el recurso de apelación es interpuesto oralmente en audiencia, corresponde que el juez o tribunal disponga decrete su remisión en dicha audiencia, para que a partir de dicha providencia se compute el plazo de veinticuatro horas establecido en el art. 251 del CPP.
- salvo justificación razonable y fundada, como ser las recargadas labores, suplencias, pluralidad de imputados, etc., casos en los que, la jurisprudencia otorgó un plazo adicional que no puede exceder de tres días, pasado el cual, el trámite se convierte en dilatorio y vulnera el derecho a la libertad del agraviado
- i)
- Fragmento 14
- III.2. Análisis en el caso concreto
- lunes 29 de febrero de 2016
- CONFIRMAR en todo