Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0519/2016-S3
Fecha: 03-May-2016
Fragmento 13
La accionante solicita tutela de sus derechos al acceso a la justicia, a una vida libre de violencia y a la alimentación, entendiendo que dentro del proceso penal que sigue contra su esposo, el Ministerio Público extravió su memorial de ampliación de denuncia y no se le permitió revisar el cuaderno de investigaciones, y ante la solicitud de control jurisdiccional al Juez de la causa, este no respondió, y la denuncia que presentó al Consejo de la Magistratura por dichas irregularidades, no mereció respuesta alguna.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- 1)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. La acción de libertad y sus alcances respecto al debido proceso
- la protección otorgada por la acción de libertad cuando se refiere al debido proceso, no abarca a todas las formas que puede ser vulnerado, sino, queda reservada para aquellos entornos que conciernen directamente al derecho a la libertad física y de locomoción
- Fragmento 13
- III.3. Análisis del caso concreto
- los secretarios, actuarios y oficiales de diligencias, no tienen facultades jurisdiccionales sino que están obligados a cumplir las órdenes o instrucciones del Juez, emergentes de sus decisiones, por lo que no tienen legitimación pasiva para ser demandados
- CONFIRMAR