Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0541/2016-S3
Fecha: 09-May-2016
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
El accionante considera como vulnerados sus derechos a la libertad de locomoción, al debido proceso, a la defensa y a la presunción de inocencia; por cuanto, las autoridades hoy demandadas mediante Resolución 214 de 30 de diciembre de 2015, revocaron la Resolución del Juez a quo por la que se dispuso la detención domiciliaria como medida sustitutiva a su favor; y, dispusieron la detención preventiva sin la debida fundamentación, apartándose de los aspectos cuestionados de la Resolución dictada por el Juez de primera instancia y con argumentos falsos sustentaron los riesgos procesales.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- denegó
- II.1.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Obligación del Tribunal de apelación de fundamentar y motivar la resolución que disponga, modifique o mantenga una medida cautelar
- el Tribunal de apelación, está obligado a motivar y fundamentar su Resolución, precisando los elementos de convicción que le permiten concluir en la necesidad de revocar las medidas sustitutivas y aplicar la detención preventiva
- III.2. Análisis del caso concreto
- no es menos evidente que debe fundar su determinación en las pruebas y tomando en cuenta todas las circunstancias previstas por la Ley;
- Fragmento 12
- REVOCAR