SENTENCIA CONSTITUCIONAL PlurinacionaL 0544/2016-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PlurinacionaL 0544/2016-S2

Fecha: 27-May-2016

i)

Renor Rocha Honor, Juez Sumariante del Regimiento Calama, en audiencia a través de su abogado, refirió que: i) El 8 de diciembre de 2015, La Vitalicia hizo el desembolso de Bs350 000.- (trescientos cincuenta mil bolivianos) que fueron recogidos por el Suboficial, ahora accionante, únicamente se realizó el pago de la Renta Dignidad, haciendo un monto de Bs84 000.- (ochenta y cuatro mil bolivianos) quedando un saldo muy importante de Bs265 500.- (doscientos sesenta y cinco mil quinientos bolivianos) que no se pudo repartir, dándose el parte inmediatamente al Comandante del Regimiento Calama; el Departamento V emitió un radiograma disponiendo que ese dinero sobrante debía revertirse a La Vitalicia hasta el 20 de diciembre de 2015; lamentablemente, el ahora accionante incumplió la orden superior, una vez y otra argumentó que haría la reversión pero no lo hizo, más adelante dijo “que le habían extraído” (sic); sin embargo, ese dinero fue mal utilizado porque pagó ciertos compromisos de deuda que había contraído antes, por lo que incurrió en el delito de malversación; ii) El 4 de febrero de 2016, el ahora accionante, en las oficinas de La Vitalicia, ante “el Lic. Daniel Murguía” (sic) se comprometió a hacer la reversión hasta el 10 de febrero; sin embargo incumplió, situación que preocupó al Comandante del Regimiento I Calama porque el Ministerio de Defensa iba a congelar las cuentas si no se cumplía con esta reversión; consiguientemente, queda desmentido todo lo que manifestó su abogado, porque al asumir la responsabilidad el “Coronel Guzmán”, Comandante de la Unidad del Regimiento Calama, quien por la conminatoria que le hizo el Comandante General del Ejército y porque se veía afectada la imagen institucional, con el riesgo de ser congelada la cuenta, consiguió dineros haciendo préstamos e hizo la reversión del dinero, por lo que, es falso que esa reversión la hiciera el ahora accionante; y, iii) Félix Clemente Márquez Salgueiro, falsea la verdad, el dinero se revirtió el 12 de febrero de 2016, cumplida dicha obligación el Comandante del Regimiento Calama, ordenó la organización de sumario informativo al Comando de la División, nombrando un Juez Sumariante, con plena competencia y jurisdicción de acuerdo a los arts. 99, 100, 101 y 102 en observancia a las disposiciones militares, llevó a cabo el proceso sumario y elaboró Resolución de detención porque se corría el riesgo de que el Suboficial Márquez se fugue; consiguientemente, concluido el sumario se pasó a la División para que el Comandante de la Gran Unidad emita el Auto Final siendo el 007/16 de 29 de febrero de 2016, ante la existencia de suficientes indicios de culpabilidad, de malversación y hurto; dicha Resolución será remitida al Tribunal Permanente para que el Suboficial pueda defenderse en esas instancias, estando desvirtuadas las aseveraciones del accionante.