SENTENCIA CONSTITUCIONAL PlurinacionaL 0544/2016-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PlurinacionaL 0544/2016-S2

Fecha: 27-May-2016

III.2.  Jurisprudencia reiterada sobre subsidiariedad excepcional de la acción de libertad

La SCP 1110/2015-S3 de 5 de noviembre, reiterando la jurisprudencia desarrollada en la SC 0160/2005-R de 23 de febrero, moduló la línea jurisprudencial que hasta ese entonces, asumió la interposición directa de la acción de libertad, instituyendo la subsidiariedad excepcional del habeas corpus -ahora acción de libertad-, con el siguiente razonamiento: “…la existencia de la garantía constitucional en análisis, no implica que todas las lesiones al derecho a la libertad tengan que ser necesariamente reparadas de manera exclusiva y excluyente a través del hábeas corpus; pues no se trata de una garantía que tenga la vocación de reparar, en exclusiva, todas las formas de lesión a la libertad que pudieran invocarse, sino la de dotar a la persona de un medio de defensa sencillo, eficaz y oportuno, para restablecer la lesión sufrida.

En consecuencia, en los supuestos en que la norma procesal ordinaria de manera específica prevea medios de defensa eficaces y oportunos para resguardar el derecho a la libertad supuestamente lesionado, estos deben ser utilizados, previamente, circunstancia en la que excepcionalmente, el recurso de habeas corpus operará de manera subsidiaria”.