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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0545/2016-S1
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0545/2016-S1

    Fecha: 12-May-2016

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    • acción de amparo constitucional
    • Fragmento 2
    • I.1.2.Derechos supuestamente vulnerados
    • I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
    • a)
    • denegó
    • II.1.
    • II.
    • II.3.
    • III.
    • ñandereko
    • celeridad
    • se interpondrá por la persona que se crea afectada, por otra a su nombre con poder suficiente o por la autoridad correspondiente de acuerdo con la Constitución
    • este Tribunal a través de las diversas acciones tutelares no puede realizar una nueva valoración de la prueba sobre la problemática de fondo que motivó la decisión judicial o administrativa impugnada, pues ello sería invadir otras jurisdicciones desnaturalizando la esencia de esta acción tutelar por cuanto la valoración de la prueba es una facultad privativa de dichas instancias ordinarias
    • a menos que como resultado de esa valoración se hayan lesionado derechos y garantías constitucionales por apartamiento de los marcos legales de razonabilidad y equidad o cuando se hubiere omitido arbitrariamente valorar una prueba
    • i)
    • si bien la interpretación de la legalidad ordinaria corresponde a las autoridades judiciales y administrativas; compete a la jurisdicción constitucional, en los casos en que se impugne tal labor como arbitraria, insuficientemente motivada o con error evidente, el estudio, dentro de las acciones de tutela, de la decisión impugnada
    • III.5. La fundamentación y motivación coherente como elementos del debido proceso
    • 1)
    • siempre que no signifiquen violación de los principios generales del Derecho Procesal Laboral
    • REVOCAR

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