SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0546/2016-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0546/2016-S3

Fecha: 09-May-2016

1)

Jorge Castillo Muñoz, Juez Noveno de Instrucción en lo Penal del departamento de La Paz, en audiencia solicitó se deniegue la tutela impetrada e informó que:         1) Existe la denuncia de Nemecia Achacollo Tola, por la cual se tienen actos investigativos no encontrándose el accionante indebidamente perseguido ni su vida en peligro; 2) Suspendió la audiencia de aplicación de medidas cautelares debido a que el ahora accionante presentó un incidente -declarado infundado y no planteó recurso de apelación-, a través del cual se denunció la ilegalidad de la aprehensión y la declaración informativa, por lo que al evidenciar que el acta de declaración informativa se encontraba viciada debido a que no contaba con la firma del Fiscal de Materia, dispuso que dicho error sea subsanado conforme al art. 168 del CPP, librandose el mandamiento de libertad -si bien el accionante refiere que se tardó tres horas en otorgarle el mismo, se debe aclarar que la audiencia duró desde las 8:30 hasta las 13:30, sin almorzar en domingo, por lo cual salió a comer y luego firmó el mandamiento de libertad-, no se mencionó de qué forma su persona vulneró derechos constitucionales; 3) No es posible dejar sin efecto la imputación formal -que fue emitida en base a la primera declaración informativa-, si el representante del Ministerio Público presenta otra imputación formal es bajo su responsabilidad, pues la primera se tiene como no presentada por ser accesoria a la declaración informativa y si el accionante solicita la nulidad de la imputación formal, debe seguir la tramitación establecida en los arts. 314 y ss. del CPP; y, 4) No cuenta con el cuaderno procesal debido a que fue remitido al Juzgado Sexto de Instrucción en lo Penal.