SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0546/2016-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0546/2016-S3

Fecha: 09-May-2016

denegó

La Jueza Octava de Partido, de Sentencia Penal y Liquidadora del departamento de La Paz, constituida en Jueza de garantías, mediante Resolución “210”/2016 de 19 de enero, cursante de fs. 41 a 43, denegó la tutela solicitada, en base a los siguientes fundamentos: 1) El Juez demandado en audiencia de medidas cautelares, verificó que el acta de declaración informativa no estaba firmada por el Fiscal de Materia, aspecto por el cual determinó se subsane, librando el mandamiento de libertad en favor del ahora accionante, quedando sin efecto la imputación formal, el mandamiento de aprehensión y las citaciones que se hace referencia; sin embargo, el 17 de enero de 2016, fue aprehendido nuevamente por parte del Ministerio Público cuando salía de celdas policiales; empero, los Fiscales de Materia codemandados acreditaron la existencia de la imputación formal por el supuesto delito de enriquecimiento ilícito de particulares con afectación al Estado, encontrándose bajo control jurisdiccional del Juez Sexto de Instrucción en lo Penal del departamento de La Paz y conforme a la SCP 1209/2012, los fiscales no tendrían facultades para aprehender, pero en el presente caso se solicita se anule el mandamiento de aprehensión y la imputación formal, objeto que se aparta de la acción de libertad que no prevé la anulación de actos procesales de Fiscales ni de jueces; y, 2) El accionante no señaló que derecho o garantía constitucional fue lesionado, en ese sentido, no se puede considerar como una violación al debido proceso ni garantías constitucionales, si bien existe jurisprudencia en cuanto al recurso de apelación, “…toda vez que entre el petitorio y la norma prevista en el Art. 46 del Código de Procesal Constitucional no existe nexo, razón por lo cual no viable la acción de libertad” (sic).